por Jessica Frierson, septiembre de 2022

Hay mucha confusión acerca de los requisitos legales para una educación en el hogar. Los padres que abren una nueva escuela en el hogar tienen muchas preguntas. A menudo, mucho de lo que han escuchado de otros no es del todo correcto. Incluso los veteranos de la educación en el hogar a menudo se equivocan acerca de los requisitos exactos de las leyes que rigen la educación en el hogar. Para agregar a esto, aunque ahora han cambiado su sitio web, DNPE anteriormente tenía un formato algo confuso en sus páginas web donde sugerencias se interpretaron fácilmente como requisitos. Los verdaderos requisitos para la educación en el hogar en Carolina del Norte son bastante simples.

Un buen lugar para comenzar es comprender que en los Estados Unidos, la gobernanza de la educación en el hogar se deja en manos de cada estado. No existen pautas federales para la educación en el hogar. La ley estatal puede variar mucho de un estado a otro, creando más confusión para aquellos que se han mudado de un estado a otro. Carolina del Norte creó el Departamento de Educación No Pública (DNPE, por sus siglas en inglés) para supervisar todas las escuelas no públicas, lo que incluye tanto escuelas privadas como escuelas en el hogar. Es importante señalar esto porque muchas personas citan erróneamente reglas que se aplican solo a las escuelas públicas como si se aplicaran a todas las escuelas de Carolina del Norte, cuando hay una fuerte división con reglas muy diferentes. Así que echemos un vistazo a lo que realmente dice la ley.

 

Fundamento Jurídico

La base de nuestro fundamento legal para la educación en el hogar se encuentra en la sección de política del Artículo 39 del Capítulo 115C: “De conformidad con las Constituciones de los Estados Unidos y de Carolina del Norte, es la política pública del Estado en materia de educación que 'Ninguna autoridad humana deberá, en ningún caso, controlar o interferir con los derechos de conciencia' o con la libertad religiosa y que 'la religión, la moralidad y el conocimiento son necesarios para el buen gobierno y la felicidad de la humanidad. . . los medios de educación serán fomentados para siempre.'” 

El Estatuto General 115C-563 define una educación en el hogar como “una escuela no pública que consta de niños de no más de dos familias u hogares, donde los padres o tutores legales o miembros de cualquiera de los hogares determinan el alcance y la secuencia de instrucción académica, brindan instrucción académica, y determinar fuentes adicionales de instrucción académica”.

Esta definición responde a muchas preguntas que surgen sobre la legalidad de la educación en el hogar. Como puede ver en la definición anterior, puede educar en el hogar a niños de UNA familia adicional además de la suya. Para decir lo obvio, esto significaría que un grupo de padres NO puede contratar a un maestro para educar en casa a todos sus hijos. (Pueden abrir una escuela privada y, siguiendo esas reglas y regulaciones separadas, contratar a un maestro para enseñar a sus hijos, pero eso no es una educación en el hogar). Esto también nos muestra que la enseñanza debe ser realizada principalmente por los padres, y al mismo tiempo. como mínimo, el padre o tutor legal está determinando qué, cómo, cuándo, con qué currículos y recursos, etc., se les está enseñando a sus hijos. “Estatuto General 115C-563(a) en su forma enmendada, cambia la definición de una escuela en el hogar para permitir que los padres contraten tutores, permitan que sus hijos participen en entornos grupales donde reciben instrucción (cooperativas, instrucción en el salón de clases 4-H, etc.) y ser instruidos por un experto que no es una parte del hogar en la educación en el hogar establecida (aprendices, un médico de educación en el hogar que enseña biología, etc.)”.

 

Pruebas

SG 115C-564 nos da más pautas. Primero, libera a las escuelas en el hogar de las inspecciones de seguridad y salud que de otro modo serían necesarias si la escuela no estuviera operando desde una residencia. En segundo lugar, diferencia que se requieren pruebas estandarizadas anuales, a diferencia de solo en ciertos grados como lo es para las escuelas privadas. DNPE proporciona una guía clara sobre cómo cumplir con este requisito de prueba y NCHE ofrece más información, así como una lista de los servicios de prueba que se pueden utilizar. 

Las pruebas estandarizadas no son lo mismo que las pruebas de fin de grado (EOG) que se realizan en las escuelas públicas. Una diferencia importante que deben entender tanto los padres como los estudiantes es que, si bien el resultado del estudiante de la escuela pública en sus EOG puede determinar la promoción al siguiente nivel de grado y tener un efecto en la calificación de desempeño del maestro, la prueba estandarizada utilizada por las escuelas en el hogar no es visto por nadie más que el padre a menos que el padre decida mostrárselo a otra persona. Simplemente se administra al estudiante, en casi todos los casos en la residencia y, a menudo, por los padres, y los resultados se mantienen durante un año (por los padres) y “…deberá estar disponible…en la oficina principal de dicha escuela, en todo momento razonable, para una inspección anual por parte de un representante debidamente autorizado del Estado de Carolina del Norte.de acuerdo a a GS 115C-549 y 115C-557. Esta inspección anual en la “oficina principal” es obligatoria pero rara vez se solicita. En los últimos años, las familias se reunieron con el representante en una biblioteca local y estas reuniones son voluntarias. Ahora ya se está haciendo virtualmente, y la DNPE cree que estos son obligatorios porque su asesor legal ha determinado que se reúne el “en la oficina del director. A la DNPE no le preocupa la puntuación de su estudiante en el examen, solo que usted cumpla con los requisitos de la ley al administrarlo anualmente. Entonces, como puede ver, no hay necesidad de estresarse por las pruebas estandarizadas realizadas en una escuela en el hogar, como he escrito con más detalle. aquí

 

instructores

Finalmente, la GS 115C-564 establece que la persona que está realizando la instrucción académica debe tener al menos un diploma de escuela secundaria. Esto no impide que un hermano, por ejemplo, ayude a su hermano o hermana menor con su trabajo escolar o la instrucción de otra persona sobre un tema en particular, sino que el padre que realizará las tareas establecidas en la sección 563 tiene el mínimo de un diploma de escuela secundaria. Al abrir una escuela en el hogar, se le pedirá que envíe una copia de su diploma o prueba de graduación. Esta prueba también puede incluir cualquier otra verificación de que tenía un diploma de escuela secundaria, como un título de asociado o licenciatura o una transcripción universitaria.

 

Asistencia

Los registros adicionales que deben mantenerse y mostrarse para la inspección anual incluyen registros de vacunación (o exención) y registros de asistencia. Los registros de asistencia se pueden mantener utilizando cualquier método que deseen los padres, incluidas las marcas de verificación en un calendario de pared, un planificador escolar o este sencillo formulario de una página. pdf ofrecido por la DNPE. ¿Cuántos días debe asistir el estudiante? La ley NO tiene un número requerido de días; sino más bien debe”operar en un horario regular, excluyendo feriados y vacaciones razonables, durante al menos nueve meses calendario del año”. (GS 115C-548) Usted, el administrador, determina lo que significa operar regularmente durante esos nueve meses calendario y en qué meses desea operar su escuela. 

Entonces, la siguiente pregunta lógica sería: ¿quién debe estar presente precisamente? La ley de asistencia escolar obligatoria de Carolina del Norte (Artículo 26, Capítulo 115C) requiere que “los padres y/o tutores de niños que tengan al menos 7 años pero aún no hayan cumplido los 16, se aseguren de que sus hijos asistan a la escuela”. Esto plantea una pregunta común de los padres que desean retirar a un niño menor de siete años de una escuela pública en la que estaban inscritos. Las escuelas, que notoriamente (y algo comprensiblemente) no están informadas sobre la ley de educación en el hogar, a menudo insisten en que los padres muestren pruebas de que el niño ha sido transferido a una nueva escuela (la educación en el hogar). Sin embargo, esto es contrario a la ley de asistencia obligatoria y al sitio web de la DNPE, que establece: 

  • “NO envíe un Aviso de Intención a la DNPE para el año escolar actual si los únicos estudiantes que se inscribirán en su escuela de origen: (a) actualmente tienen menos de 7 años y no cumplirán los 7 años en el año escolar presente/actual, o (b) tiene actualmente 18 años de edad o más.
  • Envíe su Aviso de intención cinco días antes de la fecha de apertura inicial de su escuela local. Si alguno de sus hijos cumplirá 7 años antes del próximo 1 de junio, envíe su Aviso de intención al menos 5 días antes del cumpleaños número 7 del niño. Un aviso de intención por escuela, por favor, no por estudiante”.

Los padres cuyo hijo mayor tiene menos de siete años pueden comenzar a educar a su hijo en el hogar como lo deseen sin abrir una escuela en el hogar. Luego, cuando el hijo mayor cumpla 7 años, puede abrir oficialmente su escuela en el hogar.

 

Asignaturas

Es posible que ahora se pregunte qué materias deben enseñarse a su hijo. Aunque las pruebas estandarizadas deben incluir gramática inglesa, lectura, ortografía y matemáticas, no hay materias obligatorias que deban ser cursadas. Una buena pauta a seguir en este sentido es considerar la mejor manera de preparar a su hijo para la vida, incluidas las futuras opciones de carrera, la asistencia a la universidad oa la universidad y cualquier circunstancia inesperada, como la necesidad de transferirse a una opción de educación además de la educación en el hogar. Querrá brindarle a su hijo una educación integral que probablemente incluya artes del lenguaje, matemáticas, ciencias, estudios sociales/historia, arte, música, idiomas extranjeros, salud y otras materias. Una buena sugerencia que he escuchado es mirar los requisitos mínimos para varios colegios o universidades diferentes para asegurarse de que su estudiante pueda cumplirlos, y luego trabajar hacia atrás hasta el nivel en el que se encuentra actualmente. 

 

Graduación

Otra ausencia notable de la lista de requisitos es cualquier mención de graduación. Dado que el estado de Carolina del Norte considera que la educación en el hogar es una escuela real en sí misma, el administrador de la escuela establece los requisitos de graduación para su escuela como se hace en cualquier otra escuela privada. Entonces, mamá o papá, USTED decide lo que se necesitará para que sus estudiantes se gradúen de la escuela [de origen] que usted supervisa. La sugerencia que di arriba para seleccionar cursos de estudio también se aplica a esto. ¿Qué cree que necesitará su hijo para el próximo paso de su vida después de la escuela secundaria? Establezca sus condiciones para la graduación en base a eso. Es posible que incluso varíe ligeramente de un niño a otro, según sus aspiraciones posteriores a la graduación o las circunstancias individuales. Esto es particularmente útil para aquellas familias con niños con necesidades especiales. 

Una vez que su hijo haya completado los cursos prescritos para graduarse de su educación en el hogar, le otorgará un diploma. Puede diseñar uno propio, comprar uno de una empresa que los vende o pedir uno de NCHE. Independientemente de la fuente que utilice, la autoridad detrás de ese preciado papel es el administrador de educación en el hogar. Este es un documento legal reconocido por el estado como prueba de la finalización de la educación secundaria de su hijo, en pie de igualdad con un diploma emitido por cualquier otra escuela secundaria en nuestro estado. Si su hijo desea convertirse en un padre educador en el hogar algún día, este diploma será lo que usarán para abrir su propia educación en el hogar, como hice yo cuando abrí mi educación en el hogar varios años después de graduarme de la educación en el hogar y recibir mi diploma de mi madre. Otra cosa que debe saber sobre su diploma de escuela secundaria es que los diplomas de escuelas privadas en línea que se encuentran en otros estados no son reconocidos por el estado de Carolina del Norte. Si su estudiante se gradúa de uno de estos, debe emitir un diploma de su educación en el hogar reconocida por el estado. 

Como puede ver, la educación en el hogar en Carolina del Norte es bastante simple. NCHE ha trabajado arduamente para mantenerlo así, comenzando años antes de que hubiera una redacción específica en los estatutos de nuestro estado con respecto a la educación en el hogar y continuando a lo largo de los años para proteger diligentemente los derechos de los padres a elegir lo que creen que es el mejor camino educativo para sus hijos. . Puede contar con nosotros para mantener esa atención mientras nuestros legisladores periódicamente intentan introducir nueva legislación. Tenemos un equipo dedicado a monitorear los acontecimientos en la Asamblea General, visitar a nuestros legisladores en Raleigh y establecer relaciones con nuestros legisladores para que puedan ver de primera mano qué maravillosa opción educativa es realmente la educación en el hogar. 

Jessica Frierson se graduó de educación en el hogar y ha estado educando en el hogar a sus diez hijos desde 2000. Se desempeña como secretaria de NCHE, escribe para INVERNADERO, y es el blogger principal de el blog de la NCHE.

Citas de DNPE tomadas de NC DOA: Información de la escuela en el hogar y Home-School-Guidebook-2020-2021.pdf (nc.gov)

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